E-1 / E-2Visa de trabajo temporal

Visas E-1 y E-2 para comerciantes e inversionistas por tratado

Para emprendedores y dueños de negocio de países con tratado que operan una empresa comercial en EE. UU.

Panorama general

Las visas E-1 (comerciante por tratado) y E-2 (inversionista por tratado) permiten que emprendedores, dueños de negocio y ejecutivos esenciales de países con tratado reconocido vivan y trabajen en Estados Unidos para administrar empresas comerciales. Diseñadas para impulsar el comercio y la inversión internacional, las visas E ofrecen gran flexibilidad operativa tanto para fundadores de pequeñas startups como para empresas internacionales consolidadas que establecen presencia en EE. UU.

Requisitos

  1. Nacionalidad de país con tratado

    El solicitante principal debe tener la ciudadanía de un país que mantenga un tratado calificado de comercio y navegación con Estados Unidos.

  2. E-1 — comercio sustancial

    Para la visa E-1 de comerciante, la empresa del solicitante debe demostrar comercio internacional sustancial, con más del 50 por ciento del volumen total de comercio internacional realizado entre el país del tratado y Estados Unidos.

  3. E-2 — capital en riesgo

    Para la visa E-2 de inversionista, el inversionista debe comprometer una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense activa y en operación. El capital debe estar comprometido de forma irrevocable y sujeto a riesgo comercial.

  4. Una empresa no marginal

    El negocio no puede ser marginal: debe tener la capacidad realista de generar significativamente más ingresos de los necesarios para mantener al inversionista y su familia, creando oportunidades de empleo para trabajadores estadounidenses.

Beneficios clave

  • La ley no exige un monto mínimo de inversión fijo.
  • Renovable indefinidamente en períodos de varios años mientras el comercio o el negocio siga activo.
  • Los cónyuges de titulares E-1 y E-2 reciben autorización de trabajo para emplearse con cualquier empleador en EE. UU.
  • Los empleados extranjeros clave, gerenciales o especializados, que compartan la nacionalidad del tratado con el inversionista también pueden obtener estatus E derivado.

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